Regl. 6501, art. 42-42.1
Norma General
Cite as Reglamento Núm. 6501, Art. 42-42.1
Para desempeñar un cargo con
Para desempeñar un cargo en
cualquiera de los rangos de la docencia se
cualquiera de las categorÃas o con cualquiera
requerirá al personal, por lo menos, el grado de
de los rangos del personal docente se
Maestro o un tÃtulo equivalente, en áreas que lo
requerirá a toda persona:
capaciten especialmente para las materias que
(a)
Por lo menos haber obtenido
enseña. Los referidos grados deberán haber
el grado de Maestro o un tÃtulo equivalente, en
sido obtenidos en una universidad acreditada,
áreas que la capaciten especialmente para las
autorizada, o cuyos grados o tÃtulos hayan sido
materias que enseña, investiga o tiene a su
convalidados por la Junta de SÃndicos.
cargo; y
(b) Haber obtenido todos sus
grados académicos o tÃtulos equivalentes
en una institución de educación superior
cuyos grados o tÃtulos sean reconocidos
por la Universidad de Puerto Rico.