Regl. 6501, art. 42-42.1

Norma General

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Cite as Reglamento Núm. 6501, Art. 42-42.1

Para desempeñar un cargo con Para desempeñar un cargo en cualquiera de los rangos de la docencia se cualquiera de las categorías o con cualquiera requerirá al personal, por lo menos, el grado de de los rangos del personal docente se Maestro o un título equivalente, en áreas que lo requerirá a toda persona: capaciten especialmente para las materias que (a) Por lo menos haber obtenido enseña. Los referidos grados deberán haber el grado de Maestro o un título equivalente, en sido obtenidos en una universidad acreditada, áreas que la capaciten especialmente para las autorizada, o cuyos grados o títulos hayan sido materias que enseña, investiga o tiene a su convalidados por la Junta de Síndicos. cargo; y (b) Haber obtenido todos sus grados académicos o títulos equivalentes en una institución de educación superior cuyos grados o títulos sean reconocidos por la Universidad de Puerto Rico.
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