Regl. 6501, art. 42-42.2.1

Junta de

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Cite as Reglamento Núm. 6501, Art. 42-42.2.1

convalidación Reconocimiento de Grados y Títulos Académicos Habrá una Junta de Reconocimiento Habrá un Comité de Convalidación que establecerá, con las recomendaciones de la de Grados y Títulos Académicos compuesta Junta Universitaria y la aprobación de la Junta por un representante del Presidente, quien la presidirá, los decanos de asuntos de Síndicos, un conjunto de normas uniformes, académicos de las unidades institucionales y aplicables a todo el Sistema Universitario, para un miembro electo por y entre los convalidar grados académicos y reconocer representantes claustrales de los senados equivalencias en títulos y grados. Las normas académicos ante la Junta Universitaria. que se promulguen bajo esta sección, no afectarán las equivalencias y convalidaciones concedidas con anterioridad.
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