Regl. 6501, art. 42-50.2.2

Elementos

Last amended: 2002Length: 183 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6501, Art. 42-50.2.2

presupuestarios y de interés académicos, presupuestarios y de institucional en la concesión de interés institucional en la concesión de licencias y ayudas económicas licencias y ayudas económicas La concesión de licencias sabáticas, La concesión de licencias sabáticas, extraordinarias con sueldo y sin sueldo con extraordinarias con sueldo y sin sueldo con ayuda económica, así como la concesión de ayuda económica, así como las ayudas ayudas económicas, no constituye un derecho y económicas, no constituye un derecho y se se regirá por los beneficios que de ella derive la regirá por los beneficios que la Universidad Universidad y por las condiciones derive y por las condiciones presupuestarias de presupuestarias de la unidad institucional. la unidad institucional. La aprobación de las licencias y ayudas económicas para estudios estará sujeta a la certificación por parte del Decano de Asuntos Académicos de cada unidad a los efectos de que los grados académicos a obtenerse son reconocidos por la Universidad de Puerto Rico, según lo establece el Artículo 42, Sección 42.2. 3 Anotaciones: Certificaciones CES Núm. 105 (1978-79); 129 (979-80); 159 (1985-86). Página 5 de 6 1001 ****
Regl. 6501, art. 42-50.2.2: Elementos | Justis AI