Regl. 6501, art. 42-50.2.4
Licencias o ayudas
Cite as Reglamento Núm. 6501, Art. 42-50.2.4
económicas para obtener la maestría
económicas para obtener la maestría
el doctorado
el doctorado
Se concederá, como norma general, un
Se concederá, como norma general, un
máximo de dos (2) años de licencia o de ayuda
máximo de dos (2) años de licencia o de ayuda
económica, con posterioridad al bachillerato,
económica, con posterioridad al bachillerato,
para obtener la maestría; y, un máximo de tres
para obtener la maestría; y, un máximo de tres
(3) años, luego de la maestría, para obtener el
(3) años, luego de la maestría, para obtener el
doctorado, incluyendo la preparación de la tesis
doctorado, incluyendo la preparación de la tesis
en ambos casos. En aquellos casos
en ambos casos. En aquellos casos
excepcionales, donde el programa normal de
excepcionales, donde el programa normal de
estudios o investigación requiere un período
estudios o investigación requiere un período
mayor, podrá concederse licencia o ayuda
mayor, podrá concederse licencia o ayuda
económica por el término adicional necesario
económica por el término adicional necesario
hasta completar el grado.⁴
hasta completar el grado.⁴
El Decano de Asuntos Académicos
pasará juicio sobre el lugar de estudios, para
certificar que es una institución de educación
superior cuyos grados o títulos son reconocidos
por la Universidad de conformidad con el