Regl. 2595, art. C-53

USO

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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-53

Las tarjetas podrán usarse dependiendo del tipo, de la siguiente manera: 1. Compañías Privadas Cuando no se puedan usar los servicios de la Administración cubiertos por la tarjeta. 2. Area Siempre que tengan acceso a cualquiera de los talleres o estaciones de servicios de la Administración.
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