Regl. 2595, art. C-53
USO
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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-53
Las tarjetas podrán usarse dependiendo del tipo, de la siguiente
manera:
1. Compañías Privadas
Cuando no se puedan usar los servicios de la Administración
cubiertos por la tarjeta.
2. Area
Siempre que tengan acceso a cualquiera de los talleres o
estaciones de servicios de la Administración.