Regl. 6508, art. 7-7.4
Superintendente Auxiliar de Integridad Pública
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Cite as Reglamento Núm. 6508, Art. 7-7.4
El Superintendente Auxiliar de Integridad Pública será responsable
de:
A. Investigar toda querella o alegación de hostigamiento sexual o
de otros hostigamientos prohibidos
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B. Rendir un informe al Superintendente sobre los hallazgos de la
investigación no más tarde de noventa (90) días desde que el
Director del Negociado de Recursos Humanos le refiera la
querella
C. Recomendar medidas disciplinarias y/o correctivas de ser
necesarias
D. Recomendar alguna otra medida necesaria cuando de la
investigación no surgen violaciones a este Reglamento