Regl. 651, art. 1
- Cita de Leyes:- Se promulga este Reglamento en virtud de la
Cite as Reglamento Núm. 651, Art. 1
autoridad que le confiere al Secretario de Hacienda, la Ley Número 48, del 18
de junio de 1959, conocida como Ley de Narcóticos de Puerto Rico.