Regl. 6520, art. 3.1
Objetivo
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Cite as Reglamento Núm. 6520, Art. 3.1
Establecer las normas, los procedimientos y las guías generales de control y
seguridad para el funcionamiento y operación de la red de sistemas de
información del Instituto de Cultura Puertorriqueña con fines de lograr la mejor
utilización y efectividad de los mismos.