Regl. 6520, art. 7.1 dup2
Procedimientos Internos
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Cite as Reglamento Núm. 6520, Art. 7.1 dup2
1.
Se faculta a la Oficina de Sistemas de Información a adoptar
formalmente, los procedimientos de funcionamiento interno que estime
necesarios para cumplir con las obligaciones y responsabilidades que
contraen de conformidad con las disposiciones de este reglamento.