Regl. 6520, art. 7.1 dup2

Procedimientos Internos

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Cite as Reglamento Núm. 6520, Art. 7.1 dup2

1. Se faculta a la Oficina de Sistemas de Información a adoptar formalmente, los procedimientos de funcionamiento interno que estime necesarios para cumplir con las obligaciones y responsabilidades que contraen de conformidad con las disposiciones de este reglamento.
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