Regl. 2595, art. C-66
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-66
1. Los servicios de mantenimiento preventivo se dan con los
siguientes propósitos:
a. Proveer exámenes minuciosos de todas las piezas y partes
de los vehículos sujetas a desgastarse, dañarse o desajustarse por el uso.
b. Efectuar reparaciones necesarias para que existan condiciones de utilización seguras y adecuadas.
2. Los servicios de mantenimiento preventivo son de varios tipos:
a. Inspecciones diarias,
b. Servicios sencillos,
C. Reparaciones
d. Control de garantías.