Regl. 6540, art. I

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 6540, Art. I

Para los efectos de estas normas, los siguientes términos significan lo que a continuación se indica: 1. Secretario El Secretario de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 2. Administración La Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario. 3. Administrador El Administrador de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario 4. Porcinocultor Agricultor que por sí o por medio de otras, opera una o más granjas en cualquier concepto legal para la producción comercial de cerdos. 5. Granja comercial de cerdos Agricultor que posea una granja con estructuras adecuadas dedicadas a la crianza y ceba de cerdos, que posea treinta (30) cerdas reproductoras y/o 100 cerdos o más de engorde y posea los permisos correspondientes de operación de la Junta de Calidad 3 Ambiental y de la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). 6. Director del núcleo Persona designada por el Secretario de Agricultura como Ordenador y Presidente de la Junta Administrativa del sector organizado. 7. Razas de cerdos tipo de carne Animales con fenotipo de razas, tales como: Yorkshire, Ladrace, o Duroc que posean una pureza hasta la primera generación (F1), y cualquier otra raza previamente aprobada por el Secretario. 8. Representante Persona designada por el Departamento de Agricultura para actuar como agente comprador para los porcinocultores. 9. Delegados Persona o personas que designe o designen los porcinocultores participantes en la actividad para representarlos en el proceso de compra de cerdas y verracos. 10. Cerda joven Cerda no preñada, cuya edad fluctúa entre cinco (5) y siete (7) meses y un peso razonable para la edad. 11. Verracos Cerdo cuya edad fluctúe entre seis (6) y siete (7) meses y un peso razonable para la edad. 12. Yorkshire Raza de cerdos tipo carne, oriunda de Inglaterra, de color blanco, orejas 4 rectas y erguidas cachetes en forma ondulada y cabeza pequeña. 13. Ladrace Descendiente de la raza Ladrace Danés, importada de EE UU por el Departamento de Agricultura en 1934. Es de cuerpo largo con 16 a 17 pares de costillas y de color blanco. Los animales son profundos, con pastas de tamaño mediano, orejas grandes caídas y lomo caso plano. 14. Duroc Tiene su origen en la parte oriental de los Estados Unidos. Originalmente se conocía como la raza Duroc-Jersey, de color rojizo que varía desde oro a rojo oscuro. Son de tamaño mediano largo, cara ondonada y orejas caídas, no deben ser eréctiles. 15. Importación Introducción al Estado Libre Asociado de Puerto Rico de cualquier raza de cerdos tipo carne, permitida por estas normas, provenientes de los Estados Unidos de América. 16. Fondo para el Fomento y Desarrollo Oficina encargada de todas las de la Industria Porcina en Puerto Rico actividades relacionadas con la Industria Porcina en Puerto Rico 5
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