Regl. 6541, art. II

ELEGIBILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 6541, Art. II

Serán elegibles para recibir los beneficios del incentivo para la importación de novillas preñadas, toros jóvenes, destetes comerciales, novillas comerciales y vacas preñadas con becerros de alto nivel genético, todos los ganaderos de hatos de producción comercial de Puerto Rico interesados en mejorar sus hatos de ganado y que posean una finca en cualquier concepto legal. Pertenecer a un núcleo de producción de ganado de res y estar adscrito a la Oficina del Fondo para Fomento y Desarrollo de la Industria de la Carne de Res.
Regl. 6541, art. II: ELEGIBILIDAD | Justis AI