Regl. 2595, art. C-85
EVALUACION
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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-85
Con posterioridad al adiestramiento, se evaluarán los candidatos para determinar su aprovechamiento, tomando en consideración lo siguiente:
1. Conferencias
Si asistió a todas las conferencias.
2. Examen
Si aprueba el examen que se ofrecerá al finalizar el adiestramiento.
a. Contenido
El examen contendrá toda la materia cubierta en el
adiestramiento.
b. Aprobación
Los criterios de aprobación y reprobación serán los mismos establecidos en este reglamento para los Conductores.
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SECCION E: NOMBRAMIENTO