Regl. 6553, art. 4

Reglamento del Fondo Especial de Ayuda para Familiares de Servidores Públicos Fallecidos en el Cumplimiento del Deber.

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Cite as Reglamento Núm. 6553, Art. 4

FUNCIONES DE LA JUNTA 1. Estudiará cada solicitud y determinará su elegibilidad para la concesión de la ayuda económica solicitada. 2. Determinará la cuantía de la ayuda económica basado en el análisis de los criterios establecidos en este Reglamento. 3. Una vez adjudicada la ayuda económica solicitada se referirá a la Oficina de Gerencia y Presupuesto para continuar con el trámite del desembolso de la cantidad asignada. 4. Dentro de los primeros treinta (30) días al comienzo de cada año fiscal, la Junta rendirá un informe a la Gobernadora que contenga por lo menos la siguiente información: a. Fondos asignados para el año fiscal anterior b. Solicitudes recibidas c. Solicitudes aprobadas d. Total de fondos utilizados e. Sobrantes, si alguno