Regl. 6566, art. 2

Autoridad Legal

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Cite as Reglamento Núm. 6566, Art. 2

Este Reglamento se adopta conforme a la autoridad legal conferida por la Ley Núm. 2 de 27 de septiembre de 1985, según enmendada, la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada y la Ley Núm. 78 de 14 de agosto de 1997, conocida como "Ley para Reglamentar las Pruebas para la Detección de Sustancias Controladas en el Empleo en el Sector Público".
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