Regl. 6566, art. 2
Autoridad Legal
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Cite as Reglamento Núm. 6566, Art. 2
Este Reglamento se adopta conforme a la autoridad legal conferida por la
Ley Núm. 2 de 27 de septiembre de 1985, según enmendada, la Ley Núm. 170
de 12 de agosto de 1988, según enmendada y la Ley Núm. 78 de 14 de agosto
de 1997, conocida como "Ley para Reglamentar las Pruebas para la Detección de
Sustancias Controladas en el Empleo en el Sector Público".