Regl. 6568, art. III-1
Solicitud
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Cite as Reglamento Núm. 6568, Art. III-1
A.
Toda persona o entidad que desee que se le instale un teléfono público de interés social,
deberá solicitar y obtener de la Junta una certificación de que su ubicación cumple con los
requisitos de este Reglamento. La solicitud deberá incluir la dirección física y postal de la
ubicación propuesta, el nombre del proveedor de ubicación, nombre y dirección postal y número
telefónico del proponente y las razones específicas por las cuales el proponente entiende que
dicha ubicación cualifica para la instalación de un teléfono público de interés social.
B.
Los Proveedores de Servicios de Teléfonos Públicos que deseen pueden recomendar
lugares para la ubicación de un teléfono público de interés social. La solicitud deberá incluir la
dirección física y postal de la ubicación propuesta, el nombre del proveedor de ubicación,
nombre y dirección postal y número telefónico del proponente y las razones específicas por las
cuales el proponente entiende que dicha ubicación cualifica para la instalación de un teléfono
público de interés social.