Regl. 6572, art. 9-9.1 dup2
Reglamento para la Administración de la Flota de Vehículos.
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Cite as Reglamento Núm. 6572, Art. 9-9.1 dup2
Información sobre Transportación
La Oficina de Servicios Generales mantendrá un historial de cada
persona autorizada a conducir vehículos oficiales del Instituto de
Cultura Puertorriqueña, independientemente del puesto que ocupe.
Además, mantendrá un historial completo de cada vehículo oficial.
1.
Historial básico de los Conductores
Este contendrá la siguiente información:
a) Nombre y puesto de la persona autorizada a conducir
vehículos oficiales
b)
Número de seguro social
9
c)
Oficina a la cual está adscrito
d)
Dirección residencial
e) Copia de la licencia de conducir expedida por el
Departamento de Transportación y Obras Públicas
f)
Número de la autorización para el uso de vehículos de
motor del Instituto de Cultura Puertorriqueña, con la fecha
de expedición y expiración. Este número será asignado por
la Oficina de Servicios Generales. La fecha de expiración
de esta autorización no podrá ser posterior a la fecha de
expiración de la licencia de conducir del conductor
2.
Historial de los Vehículos
Este contendrá la siguiente información:
a) Descripción del Vehículo
(marca, modelo, año, Núm. de tablilla, de motor, de
propiedad, accesorios incluidos en la compra y aquellos
instalados posteriormente)
b)
Accidentes del Vehículo
(fecha, lugar del accidente y el conductor y personas que
viajaban en el mismo)
c)
Detalle sobre la adquisición del Vehículo
(fecha y lugar de adquisición, costo y depreciación anual y
garantías).
d)
Mantenimiento y reparaciones
(razón, fecha y lugar del servicio y garantías)
(e) Registro de las fechas de limpieza