Regl. 6572, art. 9-9.1 dup2

Reglamento para la Administración de la Flota de Vehículos.

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Cite as Reglamento Núm. 6572, Art. 9-9.1 dup2

Información sobre Transportación La Oficina de Servicios Generales mantendrá un historial de cada persona autorizada a conducir vehículos oficiales del Instituto de Cultura Puertorriqueña, independientemente del puesto que ocupe. Además, mantendrá un historial completo de cada vehículo oficial. 1. Historial básico de los Conductores Este contendrá la siguiente información: a) Nombre y puesto de la persona autorizada a conducir vehículos oficiales b) Número de seguro social 9 c) Oficina a la cual está adscrito d) Dirección residencial e) Copia de la licencia de conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas f) Número de la autorización para el uso de vehículos de motor del Instituto de Cultura Puertorriqueña, con la fecha de expedición y expiración. Este número será asignado por la Oficina de Servicios Generales. La fecha de expiración de esta autorización no podrá ser posterior a la fecha de expiración de la licencia de conducir del conductor 2. Historial de los Vehículos Este contendrá la siguiente información: a) Descripción del Vehículo (marca, modelo, año, Núm. de tablilla, de motor, de propiedad, accesorios incluidos en la compra y aquellos instalados posteriormente) b) Accidentes del Vehículo (fecha, lugar del accidente y el conductor y personas que viajaban en el mismo) c) Detalle sobre la adquisición del Vehículo (fecha y lugar de adquisición, costo y depreciación anual y garantías). d) Mantenimiento y reparaciones (razón, fecha y lugar del servicio y garantías) (e) Registro de las fechas de limpieza
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