Regl. 6572, art. 9-9.4 dup2
Uso y manejo de los vehículos
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Cite as Reglamento Núm. 6572, Art. 9-9.4 dup2
1- Se ejercerá una estricta vigilancia en el cumplimiento de la
disposición reglamentaria para que los vehículos de motor,
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especialmente aquellos utilizados en la transportación de
personas, sean utilizados para fines oficiales únicamente. En
consecuencia, ningún funcionario o empleado podrá utilizar un
vehículo oficial para realizar gestiones personales, ni para
transportarse del lugar de su residencia al de su trabajo O
viceversa.
2-
Se procurará utilizar el menor número posible de vehículos a un
mismo tiempo sin afectar el servicio, lo cual ayudará
grandemente en la ejecución del Programa de Mantenimiento
Preventivo.
3-
Para el logro de la norma anterior se hará lo siguiente:
a)
Se analizarán y reestructurarán las rutas de manera que
se utilicen las rutas más cortas y las horas de menos
congestión en el tránsito.
b)
Se agruparán gestiones y diligencias que requieran viajes
especiales para reducir a un mínimo dichos viajes, con el
mayor aprovechamiento de los mismos.
c)
Se agruparán al máximo el número de personas a ser
transportadas en viajes especiales o de rutina.
4-
No se asignarán vehículos a otros funcionarios u oficinas
distintas a las de Servicios Generales sin la autorización del
Director Ejecutivo.
5-
Se utilizarán al máximo los vehículos de mayor rendimiento en
millas por galón. Aquellos de menor rendimiento deberán
utilizarse en viajes más cortos o para sustituir vehículos en
reparación.
6-
Se cursarán instrucciones a los conductores para que observen
estrictamente los límites de velocidad, lo cual, en adición a
reducir el consumo de gasolina, es un factor determinante en la
preservación de los vehículos y en la prevención de accidentes.
7-
Cuando resulte más económico para el Instituto, se autorizará el
uso de automóviles privados para determinadas gestiones, en
lugar de asignar vehículos oficiales en viajes especiales. En
estos casos se pagará millaje al funcionario O empleado que
realiza la gestión, conforme a las tarifas vigentes.
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8-
Se requiere llevar récord de las millas recorridas por cada uno de
los vehículos en cada viaje que realice. Mediante este récord se
pueden establecer comparaciones en viajes similares para
determinar si el conductor se aparta de la ruta fijada y exigirle
las justificaciones necesarias. Este récord será de gran utilidad
al preparar informes periódicos sobre las millas recorridas por
cada vehículo y su rendimiento en millas por galón.
9-
Igualmente, se llevará récord de la cantidad de galones de
gasolina que utiliza cada vehículo y se preparan informes
periódicos sobre el particular.