Regl. 6576, art. 10(e)(1)

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Cite as Reglamento Núm. 6576, Art. 10(e)(1)

1 (a) Inversión de negocios no-riesgosos $3,200,000 1 (b) Menos máximo permisible (30% de (2,800,000) $7,000,000) más $700,000 de la inversión con capital de años anteriores = $2,800,000) 1 (c) -Inversión en exceso $400,000 2. Ingreso bruto de Negocios No-riesgosos $37,500 atribuibles a inversión en exceso [($400,000 ) $3,2000,000) X $300,000] 3. Ingreso neto de Negocios no-Riesgosos $28,5000 atribuible a inversión en exceso [($37,5000 )$500,000) X $380,000] X 75% $21,375 4. Cantidad a remitirse al Secretario Ejemplo 2. Los hechos son los mismos descritos en la Sección 10 (e) (1), Situación de Hechos 1. Al 30 de junio de 2004, el 87 Fondo tiene invertido $6,000,000 en Negocios de Riesgo, y $1,000,000 en Negocios no Riesgosos no Autorizados. El ingreso del Fondo es como sigue: Ingreso Bruto de negocios de Riesgo $650,000 Ingreso bruto de Negocios no Riesgosos no Autorizados $350,000 Total de ingreso bruto $1,000,000 Gastos de operación y manejo del -$400,000 Fondo Ingreso neto $600,000 Cómputo de la cantidad a remitirse al Secretario bajo la
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