Regl. 6576, art. 10(e)(1)
del Reglamento:
Cite as Reglamento Núm. 6576, Art. 10(e)(1)
1 (a) Inversión de negocios no-riesgosos
$3,200,000
1 (b) Menos máximo permisible (30% de
(2,800,000)
$7,000,000) más $700,000 de la inversión con
capital de años anteriores = $2,800,000)
1 (c) -Inversión en exceso
$400,000
2. Ingreso bruto de Negocios No-riesgosos
$37,500
atribuibles a inversión en exceso [($400,000 )
$3,2000,000) X $300,000]
3. Ingreso neto de Negocios no-Riesgosos
$28,5000
atribuible a inversión en exceso [($37,5000
)$500,000) X $380,000]
X 75%
$21,375
4. Cantidad a remitirse al Secretario
Ejemplo 2. Los hechos son los mismos descritos en la Sección
10 (e) (1), Situación de Hechos 1. Al 30 de junio de 2004, el
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Fondo tiene invertido $6,000,000 en Negocios de Riesgo, y
$1,000,000 en Negocios no Riesgosos no Autorizados. El
ingreso del Fondo es como sigue:
Ingreso Bruto de negocios de Riesgo
$650,000
Ingreso bruto de Negocios no
Riesgosos no Autorizados
$350,000
Total de ingreso bruto
$1,000,000
Gastos de operación y manejo del
-$400,000
Fondo
Ingreso neto
$600,000
Cómputo de la cantidad a remitirse al Secretario bajo la