Regl. 6578, art. 18.4
por cualquier gravamen o carga que se establezca sobre la
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Cite as Reglamento Núm. 6578, Art. 18.4
propiedad arrendada, las mejoras, o cualquier parte de éstas, como consecuencia
directa O indirecta de un acto u omisión del arrendatario o de la existencia del
derecho del arrendatario sobre la propiedad arrendada.