Regl. 6578, art. 37.2-39
El Recinto será responsable de las reparaciones eléctricas desde el
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Cite as Reglamento NĂşm. 6578, Art. 37.2-39
metro contador hasta el panel eléctrico de la propiedad arrendada, excluyendo los
locales con metro contador privado donde esta responsabilidad será del
arrendatario. Las reparaciones eléctricas dentro del local serán responsabilidad del
arrendatario y serán realizadas por un perito electricista.
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