Regl. 6578, art. 37.2-40

El Recinto será responsable de la reparación de tubería de agua

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Cite as Reglamento Núm. 6578, Art. 37.2-40

potable hasta la acometida de la propiedad arrendada, excluyendo los locales con metro contador privado donde esta responsabilidad será del arrendatario. Las reparaciones de averías de tubería de agua potable dentro de la propiedad arrendada serán responsabilidad del arrendatario y serán realizadas por un plomero certificado.
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