Regl. 6578, art. 37.2-44
El Recinto será responsable de efectuar las mejoras físicas
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Cite as Reglamento Núm. 6578, Art. 37.2-44
necesarias para proveer el acceso a personas con impedimentos a estos locales,
según lo dispone la legislación aplicable.
CAPITULO X
OPERACION DE LOS SERVICIOS ALIMENTARIOS