Regl. 6578, art. 37.2-64

Personal

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Cite as Reglamento Núm. 6578, Art. 37.2-64

Las personas que trabajen en la propiedad arrendada estarán obligadas a someterse anualmente a un reconocimiento médico de la Unidad de Salud Pública o Centro de Salud. Todo empleado usará ropa de trabajo limpia y adecuada, conforme a las necesidades del trabajo. Se observarán medidas de higiene y aseo personal. Los empleados mantendrán siempre sus uñas limpias y recortadas. Todos los empleados que trabajan en la preparación, cocción, manipulación, servicio y en el salón comedor, usarán delantales, gorros o redecillas para mantener el cabello 20 cubierto y evitar que caiga en los alimentos. Los empleados no usarán prendas para evitar el desprendimiento de partículas, la acumulación de polvo y bacterias. Tampoco se permitirá a los empleados fumar durante la ejecución de sus tareas ni en ningún área dentro del local.
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