Regl. 6578, art. 3.7-35
Si durante la vigencia del contrato se requiriera mejora,
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Cite as Reglamento Núm. 6578, Art. 3.7-35
modificación, remodelación, alteración o reparación a la propiedad arrendada,
debido a ley, regla o reglamento, se regulará de la siguiente manera: