Regl. 6581, art. 15

INFORME BIANUAL

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Cite as Reglamento Núm. 6581, Art. 15

Todo Consejo de Residentes deberá entregar dos veces al año, en las fechas que establezca la Administración de Vivienda Pública, un informe detallando la información relacionada a las actividades realizadas durante ese período. Este informe se le entregará directamente a la Oficina del Administrador Asociado de Servicios a Residentes de la Administración de Vivienda Pública. El informe deberá incluir lo siguiente: a) Nombre del Consejo de Residentes y proyecto. b) Nombre de la actividad. c) Fecha de la actividad. d) Lugar donde se llevó a cabo la actividad. e) Horario O duración de la actividad. f) Propósito de la actividad. g) Recursos utilizados durante la actividad (si aplica) 8 h) Número de residentes impactados. i) Copia del programa de la actividad. j) Hojas de asistencia de los residentes en original. k) Desglose de los gastos incurridos en cada actividad detallando los gastos por partidas clasificadas individualmente. 1) Originales de las cotizaciones, facturas y recibos de los bienes y servicios adquiridos para la actividad. m) Fotografías de la actividad (si aplica) n) Resolución aprobando la actividad. Los Consejos de Residentes que fallen en rendir los informes bianuales serán inelegibles para recibir en años subsiguientes los fondos para las actividades de participación de los residentes.
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