Regl. 6581, art. 18 dup2
Reglamento para el manejo del fondo para actividades de participación de residentes asignados a los consejos de residentes.
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Cite as Reglamento Núm. 6581, Art. 18 dup2
RESPONSABILIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN DE
VIVIENDA PÚBLICA
1. Proveer orientación y asistencia técnica al Consejo de
Residentes en el uso, manejo y registro de los fondos.
2. Monitorear el uso de los fondos y el cumplimiento con
las normas establecidas en el ``Procedimiento para el
Manejo del Fondos para Actividades de Participación de
Residentes"
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3. Exigir y velar por el fiel cumplimiento de la entrega
mensual del resumen de actividades realizadas con los
fondos.