Regl. 6583, art. 15

Enmienda al Reglamento Número 6063, Reglamento de Adquisición y Delegados Compradores. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 dic 2005

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Cite as Reglamento Núm. 6583, Art. 15

Limitaciones de la Permuta Solamente se podrá efectuar la adquisición por permuta si dicha transacción ha sido aprobada y autorizada por el Director Ejecutivo y/o el (la) "Chief Health Care Coordinator", conforme a las normas que en consulta con el Secretario de Hacienda, a esos efectos se establezca.
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