Regl. 6583, art. 1-2

Enmienda al Reglamento Número 6063, Reglamento de Adquisición y Delegados Compradores. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 dic 2005

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Cite as Reglamento Núm. 6583, Art. 1-2

Obligaciones de los Directores de Servicios Clínicos y Jefes de Áreas Administrativas Centrales A. Programación De Compras - Los Directores de Servicios Clínicos y Jefes de Áreas Administrativas Centrales o sus Representantes Autorizados 9 deberán programar sus compras y solicitarlas al Director Ejecutivo y/o el (la) "Chief Health Care Coordinator" de tal forma que las mismas puedan ser efectuadas por la Oficina de Compras conforme a los términos establecidos por este Reglamento, evitando así compras cuya entrega conflija con el tiempo que tome el trámite de compra de los productos o servicios. B. C. Órdenes de Compra El Directo Ejecutivo y/o el (la) "Chief Health Care Coordinator" o los Directores de Servicios Clínicos y Jefes de Áreas Administrativas Centrales, no obtendrán materiales, equipo 0 servicios sin que medie la correspondiente orden o requisición de compra 0 se haya formalizado el correspondiente contrato. El Director Ejecutivo y/o el (la) "Chief Health Care Coordinator", los Directores de Servicios Clínicos y los Jefes de Áreas Administrativas Centrales 0 sus delegados, deberán mantener un control de las ordenes o requisición de compra emitidas, de los materiales recibidos y pendientes de recibir y de los pagos efectuados contra dichas ordenes. D.
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