Regl. 6591, art. 2-10.2.1

Derecho a Vista En toda querella sujeta a

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Cite as Reglamento Núm. 6591, Art. 2-10.2.1

adjudicación por la Junta, la parte afectada tendrá oportunidad de ser oída en vista administrativa formal. La vista se celebrará dentro de un término razonable y la fecha se le notificará a la persona afectada con no menos de veinte (20) días de antelación. En el caso de la suspensión sumaria -17- de una licencia, la vista administrativa se celebrará dentro de los quince (15) días inmediatos a la fecha de suspensión.
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