Regl. 6591, art. 4-6.4.2

Radicaciòn de Solicitud El profesional

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devolverá la solicitud de registro completada en todas sus partes, con la evidencia de su participación en actividades de educación continua, el pago de derechos correspondiente y la evidencia de cualquiera otro requisito aplicable, antes del último dìa del mes de su cumpleaños, para evitar ser sujeto a sanciones.
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