Regl. 6591, art. 4

Certificados

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El proveedor otorgará a cada participante un certificado en el cual: se especifique el nombre del profesional, el título de la actividad, el número de identificación del proveedor, código del curso, fecha de la actividad y número de horas contacto que se otorgue. Deberá ser firmado por la persona autorizada. CAPITULO IX INFRACCIONES Y PENALIDADES
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