Regl. 6593, art. 2 dup3
Enmienda Regl. De Normas de Cert. para la Determinación de elegibilidad de solicitantes y participantes del programa de asistencia nutricional. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 6593, Art. 2 dup3
De determinarse que el participante ha hecho uso indebido
de la Tarjeta de la Familia, se le aplicarán las siguientes
penalidades:
Suspensión de beneficios por un término de tres (3)
meses en la primera ocasión.
Suspensión de beneficios por un término de seis (6)
meses en la segunda ocasión.
Suspensión de beneficios por el término de un (1)
año en la tercera ocasión.
Suspensión indefinida cuando continúe el patrón de
violaciones, superando las tres (3) ocasiones.
CAPÍTULO XI
DISPOSICIONES SUPLETORIAS