Regl. 2617, art. 11

REQUISITOS

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Cite as Reglamento Núm. 2617, Art. 11

Secretaria Auxiliar de Estado Será elegible para que se le expida nombramiento de Administradores de Documentos toda persona que reúna los siguientes requisitos: 1. Poseer bachillerato de una Universidad o Colegio acreditado; o en su lugar haber aprobado dos (2) años en una Universidad o Colegio acreditado y no menos de tres (3) años de experiencia en funciones de administración de documentos; o en su lugar haber aprobado la Escuela Superior, más cuatro (4) años o más de experiencia en funciones de administración de documentos suplementados por adiestramientos en el campo de la Administración de Documentos. No obstante lo anterior, el Programa de Administración de Documentos Públicos convalidará la experiencia por años acreditados en una Universidad o Colegio reconocido y los adiestramientos requeridos, teniendo en consideración la complejidad de la dependencia. A mayor complejidad, mayores los requisitos de preparación académica y experiencia en el campo. VIGENCIA Este reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su promulgación por el Secretario de Estado conforme establece la "Ley de Reglamentos de 1958". Aprobado en San Juan, Puerto Rico, hoy día de de 1980. LEOPOLDO MERCADO SANTINI ADMINISTRADOR
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