Regl. 2617, art. 11
REQUISITOS
Cite as Reglamento Núm. 2617, Art. 11
Secretaria Auxiliar de Estado
Será elegible para que se le expida nombramiento de Administradores de
Documentos toda persona que reúna los siguientes requisitos:
1. Poseer bachillerato de una Universidad o Colegio acreditado; o en
su lugar haber aprobado dos (2) años en una Universidad o Colegio
acreditado y no menos de tres (3) años de experiencia en funciones
de administración de documentos; o en su lugar haber aprobado la
Escuela Superior, más cuatro (4) años o más de experiencia en
funciones de administración de documentos suplementados por adiestramientos en el campo de la Administración de Documentos.
No obstante lo anterior, el Programa de Administración de Documentos
Públicos convalidará la experiencia por años acreditados en una
Universidad o Colegio reconocido y los adiestramientos requeridos,
teniendo en consideración la complejidad de la dependencia. A
mayor complejidad, mayores los requisitos de preparación académica
y experiencia en el campo.
VIGENCIA
Este reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su promulgación por el Secretario de Estado conforme establece la "Ley de Reglamentos
de 1958".
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, hoy día de
de
1980.
LEOPOLDO MERCADO SANTINI
ADMINISTRADOR