Regl. 6594, art. 1555 dup2
Muestreo Compuesto de Particulado Contaminado con Plomo
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Cite as Reglamento Núm. 6594, Art. 1555 dup2
(A)
Los muestreos compuestos de particulado sólo pueden llevarse a cabo en las situaciones
especificadas en las Reglas 1552 a 1554 de este Capítulo. De realizarse dicho muestreo, las
siguientes condiciones aplicarán:
1.
una muestra compuesta de particulado consistirá de, al menos, dos submuestras;
2.
cada componente que ha sido sometido a prueba será incluido en el muestreo; y
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3.
las muestras compuestas de particulado no consistirán de submuestras de más de un
tipo de componente.