Regl. 6594, art. 1557 dup2

Cuotas por Proyecto

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Cite as Reglamento Núm. 6594, Art. 1557 dup2

A. Con la solicitud de permiso, la empresa o el supervisor de mitigación de plomo deberá presentar a la Junta de Calidad Ambiental una cuota por cada proyecto de mitigación de pintura con base de plomo con al menos quince (15) días naturales de anticipación a la fecha de inicio de cada proyecto de mitigación. Las cuotas por proyecto se presentarán en cheque certificado o giro postal dirigido al Secretario de Ha.cienda. Las cuotas por proyecto se basarán en la siguiente fórmula: 1. Instalaciones Ocupadas por personas sensitivas: Una cuota de radicación de cincuenta dólares ($50) y una cuota de permiso por la suma de quinientos dólares ($500) por cada instalación ocupada por personas sensitivas más el dos porciento (2%) del valor total del trabajo autorizado por el permiso. 2. Unidad de Vivienda: Una cuota de radicación por la suma de cincuenta dólares ($50) y una cuota de permiso por la suma de cien dólares ($100) por cada unidad de vivienda autorizada por el permiso. En caso de proyectos que excedan de 5 unidades de vivienda, la cuota de radicación será de cincuenta dólares ($50) y la cuota de permiso será de quinientos dólares ($500) más un dos porciento (2%) del valor total 72 del trabajo de mitigación de pintura con base de plomo autorizado por el permiso. 3. Proyecto Mixto: (Proyecto que contiene tanto viviendas como instalaciones ocupadas por personas sensitivas ; Una cuota de radicación por la suma de cincuenta dólares ($50) y una cuota de permiso por la suma de quinientos dólares ($500) por cada instalación ocupada por niños más el dos porciento (2%) del valor total del trabajo de mitigación de pintura con base de plomo autorizado por el permiso. 4. Edificios y Estructuras: Una cuota de radicación de cincuenta dólares ($50) y una cuota de permiso por la suma de quinientos dólares ($500) más el dos porciento (2%) del valor total autorizado por el permiso. 5. Las cuotas de radicación no serán reembolsables.
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