Regl. 2620, art. 10-8

Renovación de licencia

Length: 249 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 10-8

Las licencias se renovarán anualmente, si el Secretario determina que el establecimiento licenciado cumple con los requisitos establecidos por la Ley y este Reglamento y otros reglamentos aplicables. La solicitud de renovación de licencia deberá radicarse del modo y bajo las mismas condiciones que la solicitud inicial de licencia según los artículos 2 y 3 precedentes, excepto que la cuota a ser satisfecha será como sigue: establecimientos, instituciones, facilidades o centros sin fines de lucro, pagarán cinco dólares ($5.00). Establecimientos, instituciones, facilidades o centros con fines de lucro, pagarán diez dólares ($10.00). En adición a los documentos que deberán someterse según el artículo 3 del Capítulo II de este Reglamento, deberá someterse al Secretario los siguientes documentos: a. Justificación de cualesquiera enmiendas a los documentos sometidos al solicitar la licencia inicial. b. Informe sobre la labor realizada desde la licencia original O desde la más reciente renovación de licencia, según sea el caso. Este informe deberá detallar el movimiento de clientes mensualmente, incluyendo la 14 matrícula promedio durante todos los meses del año, el número de hombre-meses de servicios recibidos por los clientes y cualesquiera otras medidas conducentes a facilitar el análisis programático, administrativo y financiero del establecimiento licenciado. C. Plan de trabajo propuesto para el año a ser cubierto por la licencia que se solicita. d. Presupuesto liquidado para el año anterior y presupuesto estimado para el año en curso al momento de jurar la solicitud. e. Cualesquiera otros documentos germanos que el Secretario disponga por Orden Administrativa.
Regl. 2620, art. 10-8: Renovación de licencia | Justis AI