Regl. 6602, art. 1 dup2

Reglamento para el Programa de Premios Manuel A. Pérez por Servicios Meritorios al Gobierno (Memorando Especial 11-2003):

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Cite as Reglamento Núm. 6602, Art. 1 dup2

Los criterios a utilizarse para la designación del candidato serán los siguientes: 1. Las ejecutorias de funcionarios y empleados correspondientes al año natural anterior transcurrido y aquellas que emanan de eventos extraordinarios ocurridos durante dicho período. 2. Las aportaciones valiosas que en forma destacada hayan realizado los funcionarios y empleados al mejoramiento de la Administración Pública, en términos del servicio. 3. Las actuaciones de los' empleados o funcionarios públicos que demuestren, a juicio de las autoridades pertinentes, que han trabajado con eficiencia y denuedo extraordinario en el servicio público y que los distingan entre los demás, ganándole el aprecio y el aplauso por ejecutorias significativas en su área de ejecución 0 competencia. 4. La excelencia en el servicio demostrada de forma consistente. 5. Ejecutorias extraordinarias y verdaderamente significativas. Por ello se entenderá, los deberes y responsabilidades que asume un empleado o funcionario público, adicionales a las de su puesto, para trabajar con un problema o situación. Será igualmente significativo el que estos deberes y/o responsabilidades se descarguen en función de un puesto temporalmente asignado a un empleado o funcionario que ocupa otro puesto dentro del organismo. 6. Ejecutorias realizadas en función del servicio público que han contribuido al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.
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