Regl. 6606, art. VII dup2

Simulacro

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Cite as Reglamento Núm. 6606, Art. VII dup2

Los funcionarios ordenarán la realización de un simulacro, en los edificios frecuentados por menores, que estén acogidos al Protocolo 5 de Seguridad del Código Adam. Este simulacro deberá llevarse a cabo entre los meses de febrero a abril y los administradores presentarán evidencia al jefe del Cuerpo de Bomberos de la realización del mismo y de los resultados obtenidos.
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