Regl. 2620, art. 2-14 dup2
Reglamento Interno de los Establecimientos
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Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 2-14 dup2
Todo establecimiento aprobará un reglamento interno el
cual dispondrá todos aquellos procedimientos necesarios para
garantizar la buena marcha de la institución y el cumplimiento
de los requisitos de Ley y de reglamento O de Orden Administrativa del Departamento de Servicios Contra la Adicción y
cualquier otra agencia aplicable del Estado Libre Asociado O
del Gobierno Federal. Dicho reglamento cubrirá sin necesariamente limitarse a ello, asuntos de personal, presupuesto,
contabilidad, disciplina, admisiones, condiciones especiales
de los distintos servicios O tipos de tratamiento, derechos de
los clientes y otros. El reglamento estará accesible a todo
cliente del establecimiento. El reglamento de los establecimientos públicos deberá ser aprobado por el Secretario de
Servicios Contra la Adicción antes de entrar en vigor.
CAPITULO X ADMISIONES Y EGRESOS