Regl. 6618, art. 11-11.1 dup2

Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005

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Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 11-11.1 dup2

Responsabilidad por el trámite de Póliza de Seguro para la Propiedad 1. La Oficina de Administración será responsable de hacer todos los trámites para gestionar las diferentes cubiertas de las pólizas de seguros de la propiedad mueble e inmueble del Instituto. 2. Será responsabilidad del Encargado o Sub-encargado de la Propiedad notificar, tan pronto registre la propiedad, a la Oficina de Administración para que ésta tramite la póliza de seguro correspondiente. La notificación deberá someterse por conducto del Director del Programa u Oficina concerniente. 3. En el caso de los vehículos estos no podrán ser utilizados hasta que la Oficina de Administración notifique al Director de Servicios Generales que los mismos han sido incluidos en la cubierta de la póliza correspondiente.
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