Regl. 6618, art. 6-6.6 dup2

Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005

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Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 6-6.6 dup2

Responsabilidades y Obligaciones de los Directores de los Programas u Oficinas 1- Responsable de recibir la propiedad asignada al personal de sus respectivas unidades de trabajo. Sec. 6.7, 6.15 a la 6.19 2- Tomar 0 proponer todas aquellas medidas 0 controles necesarios para conservar y usar adecuadamente la propiedad bajo su jurisdicción. 3- Responsables de velar para que la propiedad que se les asigne al personal de sus respectivas oficinas se mantenga en buenas condiciones, en el lugar apropiado y bajo la custodia del empleado al cual se le asignó la misma por parte de la Sección de Propiedad e Inventario. 4- Velar porque se prepare y se mantenga actualizado el documento "Registro de Propiedad (Forma ICP-SPI-01). En el mismo se anotará el equipo que tenga asignado el Programa и Oficina así como cualquier cambio, rotura 0 deterioro 0 pérdida que se advierta en el equipo asignado. 5- Notificar por escrito 0 por teléfono al Encargado de la Propiedad cuando haya la necesidad de transferir o mudar determinado equipo. 6- Orientar a los empleados, bajo su supervisión, que vayan a cesar en sus funciones para que efectúen los trámites correspondientes con la Sección de Propiedad respecto al relevo de responsabilidad de la propiedad que tengan bajo su custodia directa, según dispuesto en la Sección 6.16. 7- Notificar a la Sección de Propiedad e Inventario cuando la propiedad esté defectuosa, se haya destruido total o parcialmente, se haya desaparecido 0 cuando haya ocurrido un robo o una apropiación ilegal. 8- Enviar semestralmente, a la Sección de Propiedad e Inventario un informe sobre la propiedad localizada en sus respectivas oficinas. Ref. Sec. 6.2 9- Serán responsables de llevar a cabo, al comienzo de cada año fiscal, un inventario parcial de toda la propiedad asignada al personal bajo su supervisión y de aquella propiedad que sea de uso común y someter el inventario certificado a la Sección de Propiedad e Inventario. Se utilizará la forma "Registro de Propiedad" (ICP-SPI-01). Ref. Sec. 6.4.2. 10- Deberán completar la forma "Transferencia de Propiedad" (ICP-SPI-03) cuando autoricen traslados, transferencias, préstamos o intercambio de la propiedad entre empleados y/o divisiones u oficinas. La forma original se someterá a la Sección de Propiedad e Inventario y copia se debe mantener en los archivos de la Oficina. 11- En caso de proximidad de una tormenta, incendio, inundación u otro desastre, deben impartir instrucciones a los empleados bajo su supervisión para evitar en todo lo posible la pérdida de propiedad y hacer los arreglos pertinentes con las autoridades correspondientes para salvaguardar la misma. Inmediatamente, después del desastre deberán ordenar las medidas indispensables de manera que la propiedad no averiada no sufra daños adicionales, se conserve y/o se repare a la mayor brevedad. Además, deberán rendir un informe detallado sobre los daños a la propiedad y los costos estimados. 12- Deben notificar a la Oficina de Recursos Humanos tan pronto tengan conocimiento del cese de funciones de alguno de sus empleados para que esta proceda a la retención del pago de sueldo y de balances de licencias hasta tanto el empleado no cumpla con el relevo de responsabilidad. Ref. 6.5.5. 13- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento y tomar las medidas internas que sean necesarias para el uso y control de la propiedad bajo su jurisdicción.
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