Regl. 6618, art. 6-6.6 dup2
Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005
Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 6-6.6 dup2
Responsabilidades y Obligaciones de los Directores de los
Programas u Oficinas
1-
Responsable de recibir la propiedad asignada al personal de sus respectivas
unidades de trabajo. Sec. 6.7, 6.15 a la 6.19
2-
Tomar 0 proponer todas aquellas medidas 0 controles necesarios para
conservar y usar adecuadamente la propiedad bajo su jurisdicción.
3-
Responsables de velar para que la propiedad que se les asigne al personal de
sus respectivas oficinas se mantenga en buenas condiciones, en el lugar
apropiado y bajo la custodia del empleado al cual se le asignó la misma por
parte de la Sección de Propiedad e Inventario.
4-
Velar porque se prepare y se mantenga actualizado el documento "Registro de
Propiedad (Forma ICP-SPI-01). En el mismo se anotará el equipo que tenga
asignado el Programa и Oficina así como cualquier cambio, rotura 0 deterioro 0
pérdida que se advierta en el equipo asignado.
5-
Notificar por escrito 0 por teléfono al Encargado de la Propiedad cuando haya
la necesidad de transferir o mudar determinado equipo.
6-
Orientar a los empleados, bajo su supervisión, que vayan a cesar en sus
funciones para que efectúen los trámites correspondientes con la Sección de
Propiedad respecto al relevo de responsabilidad de la propiedad que tengan
bajo su custodia directa, según dispuesto en la Sección 6.16.
7-
Notificar a la Sección de Propiedad e Inventario cuando la propiedad esté
defectuosa, se haya destruido total o parcialmente, se haya desaparecido 0
cuando haya ocurrido un robo o una apropiación ilegal.
8-
Enviar semestralmente, a la Sección de Propiedad e Inventario un informe
sobre la propiedad localizada en sus respectivas oficinas. Ref. Sec. 6.2
9-
Serán responsables de llevar a cabo, al comienzo de cada año fiscal, un
inventario parcial de toda la propiedad asignada al personal bajo su supervisión
y de aquella propiedad que sea de uso común y someter el inventario
certificado a la Sección de Propiedad e Inventario. Se utilizará la forma
"Registro de Propiedad" (ICP-SPI-01). Ref. Sec. 6.4.2.
10-
Deberán completar la forma "Transferencia de Propiedad" (ICP-SPI-03) cuando
autoricen traslados, transferencias, préstamos o intercambio de la propiedad
entre empleados y/o divisiones u oficinas. La forma original se someterá a la
Sección de Propiedad e Inventario y copia se debe mantener en los archivos de
la Oficina.
11-
En caso de proximidad de una tormenta, incendio, inundación u otro desastre,
deben impartir instrucciones a los empleados bajo su supervisión para evitar en
todo lo posible la pérdida de propiedad y hacer los arreglos pertinentes con las
autoridades correspondientes para salvaguardar la misma. Inmediatamente,
después del desastre deberán ordenar las medidas indispensables de manera
que la propiedad no averiada no sufra daños adicionales, se conserve y/o se
repare a la mayor brevedad. Además, deberán rendir un informe detallado
sobre los daños a la propiedad y los costos estimados.
12- Deben notificar a la Oficina de Recursos Humanos tan pronto tengan
conocimiento del cese de funciones de alguno de sus empleados para que esta
proceda a la retención del pago de sueldo y de balances de licencias hasta
tanto el empleado no cumpla con el relevo de responsabilidad. Ref. 6.5.5.
13- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento y tomar las
medidas internas que sean necesarias para el uso y control de la propiedad
bajo su jurisdicción.