Regl. 6618, art. 6-6.9 dup2

Responsabilidades y Obligaciones de la Oficina de

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Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 6-6.9 dup2

Administración 1- Responsable de efectuar todos los trámites para gestionar las diferentes pólizas de seguro para la propiedad del Instituto. 2- Velar que se hagan las reclamaciones correspondientes a las compañías aseguradoras cuando ocurra una desaparición, robo 0 apropiación ilegal de la propiedad 0 cuando esta sufra daño a consecuencia de un desastre o disturbio atmosférico. 3- Asegurarse que el uso, control y disposición de la propiedad se efectúe de conformidad con las disposiciones de ley, normas aplicables y de este Reglamento. 4- Asegurarse que al 30 de agosto, se ha cumplido con la responsabilidad de certificar a la Oficina del Contralor de Puerto Rico, que al cierre del año fiscal, se ha notificado las irregularidades en la administración de los fondos y la propiedad públicos ocurridas durante el año fiscal objeto de cierre, según dispuesto en el Reglamento Núm. 41 del 10 de noviembre de 1999, emitido por la Oficina del Contralor de Puerto Rico o su equivalente.
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