Regl. 2620, art. 2-2 dup5

Requisitos del Procedimiento de Admisiones y

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Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 2-2 dup5

Egresos El procedimiento de admisiones y egresos que cada establecimiento adopte deberá reunir los siguientes requisitos: 1. No obstaculizar o retardar el inicio de tratamiento para el cliente. 2. Proveer para altas voluntarias por parte del cliente luego de las advertencias médicas y/o sicosociales pertinentes sobre las consecuencias posibles de interrumpir el tratamiento. 3. Preservar la confidencialidad de los récords de admisiones y egresos y el anonimato de los clientes, en armonía con el Capítulo VI de este Reglamento. 4. Proveer para el consentimiento de la persona o institución en quien esté investida la custodia cuando se trata de un cliente menor, incapacitado O convicto. 5. Otros requisitos germanos que el Secretario promulgue mediante Orden Administrativa. de 1974. Adoptado en Río Piedras, Puerto Rico, hoy 7 de junio Servicios Contra la Adicción Aprobado en San Juan, Puerto Rico, hoy 3 de julio de 197 Carlos Romeo Bault Carlos Romero Barceló Gobernador Certifico que es copia fiel y exacta del original Grand Roll Frances Rios de Morán Sub-Secretaria de Estado
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