Regl. 6618, art. 6-7.6

Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005

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Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 6-7.6

Notificación para dar de baja la propiedad 1. El Encargado de la Propiedad velará porque se hagan los ajustes correspondientes en el registro de inventario de la propiedad y notificará a la Oficina de Finanzas y Contabilidad para que se dé de baja la propiedad decomisada de los libros de contabilidad. Ref. Sec. 7.8.2c.
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