Regl. 6618, art. 6-7.6
Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005
Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 6-7.6
Notificación para dar de baja la propiedad
1.
El Encargado de la Propiedad velará porque se hagan los ajustes
correspondientes en el registro de inventario de la propiedad y notificará a la
Oficina de Finanzas y Contabilidad para que se dé de baja la propiedad
decomisada de los libros de contabilidad. Ref. Sec. 7.8.2c.