Regl. 6618, art. 9-9.9

Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005

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Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 9-9.9

Inventario Físico Anual 1. El Sub-encargado de la Propiedad del Programa, que custodia Bienes Culturales, tendrá la responsabilidad de levantar y mantener al día el inventario de los bienes en coordinación con la Sección de Propiedad e Inventarios. 2. El Sub-encargado de la Propiedad llevará a cabo el inventario físico anual de conformidad con las disposiciones del Artículo 8 que antecede.
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