Regl. 6618, art. 9-9.9
Reglamento de Propiedad. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 DIC 2005
Cite as Reglamento Núm. 6618, Art. 9-9.9
Inventario Físico Anual
1.
El Sub-encargado de la Propiedad del Programa, que custodia Bienes
Culturales, tendrá la responsabilidad de levantar y mantener al día el inventario
de los bienes en coordinación con la Sección de Propiedad e Inventarios.
2.
El Sub-encargado de la Propiedad llevará a cabo el inventario físico anual de
conformidad con las disposiciones del Artículo 8 que antecede.