Regl. 2620, art. 2-4 dup2

Divulgación de Información con el Consentimiento

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Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 2-4 dup2

de los Clientes Con el consentimiento escrito y suscrito por el cliente o por el padre, madre O tutor si fuere menor de 18 años de edad O incapacitado mental, el establecimiento podrá suministrar información contenida en los récords de los clientes en los siguientes casos y a las siguientes personas: a. al personal médico o al programa de tratamiento y 27 rehabilitación cuando la información fuera necesaria para capacitar mejor a dichas personas y programas a darle servicio al cliente, b. el personal del gobierno con el fin de obtener aquellos beneficios a los cuales el cliente tenga derecho, los cuales incluyen, pero no están limitados a, los ofrecidos por cualquier programa de asistencia social, económica, educativa O médica bajo el Gobierno Federal o del Estado Libre Asociado, C. al abogado del cliente en cualquier situación en que éste haya obtenido representación o asistencia legal del cliente, d. al sistema central de admisiones si lo hubiera, e. a cualquier persona con quien el paciente tiene relación personal, sobre la evaluación de su status en el programa, pasado y presente, si a juicio del programa la información que se solicita es beneficiosa para el cliente, f. patronos o agencias de empleo si se tiene conocimiento de que la información que se va a suministrar se utilizará con el propósito de ayudar en la rehabilitación del cliente y no con el propósito de identificarlo como alcohólico con el fin de no emplearlo; y la información que se solicita es necesaria desde el punto de vista del empleo en cuestión. En esta circunstancia la información debe estar limitada al status del cliente en el programao a una evaluación general de su progreso en el tratamiento. Podrá darse información específica cuando se determine que existe una necesidad auténtica de que dicha información es necesaria para evaluar los peligros o riesgos a los cuales el cliente puede exponerse o podría exponer a otras personas en un determinado empleo. 28
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