Regl. 2620, art. 2-4 dup3

Informes Periódicos

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Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 2-4 dup3

Cada establecimiento deberá informar con la periodicidad que a continuación se indica sobre los siguientes asuntos al Secretario: a. Nombre de todos los empleados y cualquier cambio en su status de personal; semanalmente. b. Estado de clientes ingresados, egresados y balance diario promedio; mensualmente. 35 C. Estado de situación financiera; cada seis (6) meses. d. Informe anual de objetivos, logros y problemas; una vez al año. e. Cualesquiera otros que el Secretario pueda prescribir mediante Orden Administrativa.
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