Regl. 2620, art. 2-4 dup3
Informes Periódicos
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Cite as Reglamento Núm. 2620, Art. 2-4 dup3
Cada establecimiento deberá informar con la periodicidad
que a continuación se indica sobre los siguientes asuntos al
Secretario:
a. Nombre de todos los empleados y cualquier cambio en
su status de personal; semanalmente.
b. Estado de clientes ingresados, egresados y balance
diario promedio; mensualmente.
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C. Estado de situación financiera; cada seis (6) meses.
d. Informe anual de objetivos, logros y problemas; una
vez al año.
e. Cualesquiera otros que el Secretario pueda prescribir
mediante Orden Administrativa.