Regl. 6624, art. 11-4

Reglamento para uso y manejo del sistema de informática en el Negociado de Investigaciones Especiales.

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Cite as Reglamento Núm. 6624, Art. 11-4

PROPÓSITO El Negociado de Investigaciones Especiales tiene la obligación de asegurar la integridad y exactitud de la información de la agencia protegiéndola contra la divulgación, manipulación, modificación o destrucción no autorizada 0 accidental. Tanto los equipos de computadoras, los programas ("software") así como la información contenida en el banco de datos del Negociado ("network") son propiedad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Conforme a este reglamento, el Negociado de Investigaciones Especiales requiere que su personal utilice correctamente los equipos de computadoras, así como los programas y todas las piezas o aditamentos que se conecten a éstos (periferales) y que complementan su funcionamiento. Este personal tiene el deber de tomar las medidas necesarias para proteger el equipo y asegurar su funcionamiento óptimo.
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