Regl. 6624, art. 9 dup2
Reglamento para uso y manejo del sistema de informática en el Negociado de Investigaciones Especiales.
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Cite as Reglamento Núm. 6624, Art. 9 dup2
OTRAS DISPOSICIONES
1.
Se prohÃbe el uso de programas de charlas ("chats"), excepto los
autorizados por el Director o su representante autorizado.
2. La polÃtica adoptada sobre el uso de correo electrónico y sus
auditorÃas será de igual aplicación para otros recursos de la Intranet e
Internet tales como el WWW, FTP, Chat, etc.
3.
La polÃtica adoptada para el uso de Internet será revisada
periódicamente en caso de que surjan nuevas necesidades, únicas y
particulares del Negociado. Estas se incorporarán y se hará formar
parte de estas guÃas todos aquellos documentos, memorandos,
instrucciones, manuales o polÃticas que se notifiquen de tiempo en
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tiempo y que estén relacionadas al uso de las computadoras del
Negociado.
4. El uso de programas ("software") será autorizado por el Director 0 su
representante autorizado. La utilización debe responder a los
acuerdos establecidos en el contrato de utilización que la agencia
negoció al momento de la compra. Ningún usuario utilizará programas
que no estén respaldados por un contrato de utilización adquirido por
la propia agencia.
5. Las disposiciones de este reglamento están relacionadas con la
Orden Administrativa Número 00-04 de 16 de junio de 2000 y la Orden
Administrativa 99-02 del 5 de marzo de 1999 del Departamento de
Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Cada empleado
del Negociado es responsable de conocer dichas órdenes
administrativas sobre el uso y manejo del sistema de informática.
6. El decomiso de los equipos electrónicos y periferales estará regulado
por los reglamentos vigentes y aplicables del Departamento de
Justicia y la Administración de Servicios Generales.
7. El Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
y el Negociado se reservan el derecho a presentar la denuncia
correspondiente por actuaciones que constituyan delitos estatales o
federales aunque no estén expresamente prohibidas por estas
condiciones para el uso de los equipos de computadoras.
8. Todo empleado será responsable de informar por escrito al Director o
su representante autorizado sobre cualquier situación, incidente,
problema de seguridad, acceso indebido o violación voluntaria 0
involuntaria de estas normas para el uso de las computadoras 0 redes
del Negociado.
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