Regl. 6624, art. 9 dup2

Reglamento para uso y manejo del sistema de informática en el Negociado de Investigaciones Especiales.

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Cite as Reglamento Núm. 6624, Art. 9 dup2

OTRAS DISPOSICIONES 1. Se prohíbe el uso de programas de charlas ("chats"), excepto los autorizados por el Director o su representante autorizado. 2. La política adoptada sobre el uso de correo electrónico y sus auditorías será de igual aplicación para otros recursos de la Intranet e Internet tales como el WWW, FTP, Chat, etc. 3. La política adoptada para el uso de Internet será revisada periódicamente en caso de que surjan nuevas necesidades, únicas y particulares del Negociado. Estas se incorporarán y se hará formar parte de estas guías todos aquellos documentos, memorandos, instrucciones, manuales o políticas que se notifiquen de tiempo en 9 tiempo y que estén relacionadas al uso de las computadoras del Negociado. 4. El uso de programas ("software") será autorizado por el Director 0 su representante autorizado. La utilización debe responder a los acuerdos establecidos en el contrato de utilización que la agencia negoció al momento de la compra. Ningún usuario utilizará programas que no estén respaldados por un contrato de utilización adquirido por la propia agencia. 5. Las disposiciones de este reglamento están relacionadas con la Orden Administrativa Número 00-04 de 16 de junio de 2000 y la Orden Administrativa 99-02 del 5 de marzo de 1999 del Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Cada empleado del Negociado es responsable de conocer dichas órdenes administrativas sobre el uso y manejo del sistema de informática. 6. El decomiso de los equipos electrónicos y periferales estará regulado por los reglamentos vigentes y aplicables del Departamento de Justicia y la Administración de Servicios Generales. 7. El Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Negociado se reservan el derecho a presentar la denuncia correspondiente por actuaciones que constituyan delitos estatales o federales aunque no estén expresamente prohibidas por estas condiciones para el uso de los equipos de computadoras. 8. Todo empleado será responsable de informar por escrito al Director o su representante autorizado sobre cualquier situación, incidente, problema de seguridad, acceso indebido o violación voluntaria 0 involuntaria de estas normas para el uso de las computadoras 0 redes del Negociado. 10
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